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Sentencia Sanciones Tributarias por Operaciones Vinculadas

El Tribunal Supremo emitió en fecha 8 de junio de 2023 una Sentencia referente a los Recursos de Casación números 8550/2021 y 5002/2021, que versa sobre el cálculo de las sanciones tributarias relacionadas con operaciones vinculadas.

 A continuación indicamos un resumen conciso de la citada sentencia:

“En supuestos de operaciones vinculadas en las que, por diferencias en la valoración de tales operaciones, se regulariza, por un lado, en el IS a la sociedad, devolviéndole las cantidades que procedan y, por otro lado, a su socio en el IRPF, imputándole las rentas que fueron declaradas por la sociedad vinculada, la base de cálculo de la sanción tributaria debe ser la cuantía no ingresada en la autoliquidación de la persona física como consecuencia de la comisión de la infracción. No puede considerarse como base de la sanción el neto resultante de la regularización íntegra (TS 6-6-23, EDJ 588664). No obstante, cuando se aprecie simulación en la prestación de servicios profesionales a través de la sociedad, tratándose en realidad de servicios prestados directamente por la persona física a terceros, la base de la sanción será la diferencia entre la cantidad dejada de ingresar por la persona física y la ingresada por la sociedad instrumental interpuesta respecto de las mismas rentas (TS 8-6-23, EDJ 597166).”

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