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Modificación del límite a la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades

Para aquellos contribuyentes del IS, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024, la Ley 13/2023 de 24 de mayo ha modificado la regla de limitación de deducibilidad de gastos financieros contenida en el artículo 16 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (en adelante LIS).

Principalmente: i) se establece una regla que conecta la magnitud del beneficio operativo sobre la que se calcula el límite (del 30%) de deducibilidad de gastos financieros netos con la base imponible del Impuesto sobre Sociedades; ii) se elimina del apartado 6 del artículo 16 de la LIS la regla de exclusión subjetiva de las entidades equiparadas a las entidades de crédito y aseguradoras (letra a).

Compartimos con vosotros el post de la AEAT. Agencia Tributaria: Modificación del límite a la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades

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